Cuándo tengo que presentar la declaración
Las fechas oficiales de la campaña 2027 se publican mediante orden ministerial, normalmente en torno a marzo. Si nos guiamos por el patrón de años anteriores, el calendario habitual es: apertura del plazo por internet a principios de abril, inicio de la atención telefónica a principios de mayo, atención presencial con cita previa desde finales de mayo, y cierre de la campaña a finales de junio. Te recomendamos consultar el calendario oficial de la Agencia Tributaria en cuanto se publique, porque las fechas exactas pueden variar unos días de un año a otro.
Lo que cambia: escalas autonómicas más bajas en algunas comunidades
El IRPF se calcula combinando una escala estatal, igual para todo el país, y una escala autonómica que decide cada comunidad. Para el ejercicio 2026, dos comunidades han anunciado rebajas en su tramo autonómico. La Comunitat Valenciana (Ley 5/2026) reduce sus 11 tramos, empezando en el 8,8% hasta 12.000 € de base liquidable y llegando al 29,35% a partir de 200.000 €, con efecto desde el 1 de enero de 2026. Extremadura (Ley 2/2026) baja sus dos primeros tramos, del 8% al 7,75% y del 10% al 9,75%, también desde el 1 de enero de 2026. El resto de comunidades grandes, como Madrid, Cataluña o Andalucía, mantienen su escala vigente sin cambios para este ejercicio.

Tabla de tramos estatales del IRPF para 2026
Esta parte del impuesto es igual en toda España, independientemente de dónde vivas. Se suma después a la escala autonómica que te corresponda.
| Base liquidable | Tipo estatal |
|---|---|
| Hasta 12.450 € | 9,5% |
| De 12.450 € a 20.200 € | 12% |
| De 20.200 € a 35.200 € | 15% |
| De 35.200 € a 60.000 € | 18,5% |
| De 60.000 € a 300.000 € | 22,5% |
| Desde 300.000 € | 24,5% |
Al sumar la parte autonómica, el tipo marginal máximo total varía bastante según dónde residas: desde aproximadamente el 45% en la Comunidad de Madrid hasta cerca del 53,9% en la Comunitat Valenciana para las rentas más altas. Si vives cerca del límite de un tramo, merece la pena revisar si alguna aportación, por ejemplo a un plan de pensiones, te permite bajar de tramo.
Mínimo personal y familiar: lo que no tributa
El mínimo personal y familiar es la parte de tus ingresos que no paga impuestos porque se considera necesaria para cubrir necesidades básicas. Para 2026 se mantiene así:
| Situación | Mínimo exento |
|---|---|
| General (menores de 65 años) | 5.550 € |
| A partir de 65 años | 6.700 € |
| A partir de 75 años | 8.100 € |
A estas cifras se suman importes adicionales si tienes descendientes, ascendientes a tu cargo o algún grado de discapacidad reconocido, y pueden variar ligeramente según la comunidad autónoma.
Lo que no cambia respecto al año pasado
- El límite para la obligación de declarar cuando tienes dos o más pagadores sigue en 15.876 € anuales, si el segundo y siguientes pagadores superan en conjunto los 1.500 €.
- Si estás en situación de desempleo, los límites generales se mantienen en 22.000 € con un solo pagador o 15.876 € con varios.
- Se mantiene la deducción de hasta 590,89 € anuales para quienes cobran rendimientos del trabajo de hasta 17.094 €, siempre que el resto de sus rentas no supere los 6.500 €.
Deducciones que siguen vigentes y puedes aprovechar antes de que acaben
Algunas deducciones tienen fecha de caducidad y 2026 es el último año, o uno de los últimos, para aplicarlas en varios casos.
| Deducción | Plazo límite |
|---|---|
| Obras de calefacción o refrigeración eficiente | 31/12/2026 |
| Mejora del consumo energético de la vivienda | 31/12/2026 |
| Rehabilitación energética de edificios residenciales | 31/12/2027 |
| Compra de vehículo eléctrico o de pila de combustible | 31/12/2026 |
| Instalación de punto de recarga para vehículo eléctrico | 31/12/2026 |
Si tenías pensado hacer alguna de estas inversiones, como cambiar de caldera, instalar un cargador o comprar un coche eléctrico, hacerlo antes de que termine 2026 te permite todavía desgravarlo en la próxima declaración.

Planes de pensiones: cuánto puedes aportar y cuánto te desgrava
Este es uno de los puntos donde más dudas suele haber. El límite general es de 1.500 € anuales en un plan de pensiones individual. Si tu empresa también aporta a un plan de empleo, el límite conjunto sube hasta 10.000 € anuales, hasta 8.500 € de aportación empresarial más hasta 1.500 € de aportación tuya; no puedes desgravar 1.500 € en tu plan privado y otros 1.500 € en el de empresa a la vez. Si eres autónomo y te adscribes a un plan de empleo simplificado, puedes llegar hasta 5.750 € anuales. Para calcular lo que realmente te desgravas, Hacienda aplica el menor de estos dos valores: el 30% de tus rendimientos netos del trabajo y actividades económicas, o el límite de 1.500 €. Al rescatar el plan, tributa como rendimiento del trabajo según la escala general, entre el 19% y el 47% según tu nivel de ingresos ese año.
Autónomos: cambios en el régimen de estimación objetiva
Si tributas por módulos, los límites que te excluyen de este régimen se mantienen para 2026: 250.000 € de volumen de ingresos y 250.000 € de volumen de compras, excluyendo inmovilizado. Además, se ha habilitado un plazo del 4 al 16 de febrero de 2026 para renunciar o revocar la renuncia al régimen de estimación objetiva, por si te conviene cambiar de régimen de cara a este ejercicio.
Errores comunes que te pueden salir caros
No revisar los datos fiscales antes de confirmar el borrador es el error más frecuente: Hacienda a veces no tiene toda la información, por ejemplo alquileres entre particulares o ingresos del extranjero, y confirmar sin revisar puede hacer que pagues de más o de menos. Olvidar las deducciones autonómicas, que cada comunidad tiene las suyas y no siempre aparecen de forma automática, es otro clásico. También es habitual no declarar el segundo pagador cuando se cambia de trabajo a mitad de año, lo que puede hacer que superes el umbral de los 15.876 € sin darte cuenta, o aportar al plan de pensiones el último día del año sin comprobar antes si realmente compensa fiscalmente ese ejercicio.
Aviso: El contenido de este artículo tiene fines exclusivamente informativos y educativos. En ningún caso constituye asesoramiento financiero, legal o fiscal personalizado. Antes de tomar cualquier decisión de inversión o ahorro, consulta con un profesional cualificado o entidad acreditada.
Corresponde a los ingresos del ejercicio 2026 y normalmente se presenta entre abril y finales de junio de 2027, aunque las fechas exactas se confirman cada año mediante orden ministerial.
Solo estás obligado si la suma del segundo pagador y siguientes supera los 1.500 € y el total de tus ingresos por encima de un pagador supera los 15.876 €. Si no llegas a esas cifras, puede que no tengas obligación de declarar, aunque muchas veces compensa hacerlo igualmente si te sale a devolver.
1.500 € si es un plan individual, hasta 10.000 € si tu empresa también aporta a un plan de empleo, y hasta 5.750 € si eres autónomo con un plan de empleo simplificado.
Sí, pero con fecha límite: hasta el 31 de diciembre de 2026 para la mayoría de obras, y hasta el 31 de diciembre de 2027 para la rehabilitación energética de edificios residenciales.
Sí: ambas comunidades han rebajado su escala autonómica para 2026, así que si vives allí tu tipo efectivo será algo menor que el año pasado para el mismo nivel de ingresos.







